Las entidades beneficiarias deberán pertenecer a alguna de las siguientes categorías de sujetos, conforme a la definición de los mismos contenida en los párrafos a) a k) del artículo 6.1 de la Orden CIN/1559/2009, de 29 de mayo:
- Empresas.
- Centros tecnológicos de ámbito estatal.
- Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
- Centros universitarios privados de investigación y desarrollo.
- Otros centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro.
- Organismos públicos de investigación a los que se les aplique la Ley 13/1986, de 14 de abril.
- Universidades públicas y sus departamentos e institutos universitarios.
- Otros centros públicos de investigación y desarrollo.
- Otras entidades privadas sin ánimo de lucro.
- Otras entidades de derecho público.
- Agrupaciones o asociaciones.